Cambian los aportes sindicales: horas extra, aguinaldo y bonos quedan fuera del cálculo
El Gobierno reglamentó por decreto parte de la reforma laboral y definió que la base de cálculo estará integrada solo por el salario básico convencional y sumas remunerativas habituales. Además, los sindicatos deberán administrar por separado determinados fondos aportados por empleadores.

El Gobierno reglamentó por decreto parte de la reforma laboral y definió que la base de cálculo estará integrada solo por el salario básico convencional y sumas remunerativas habituales. Además, los sindicatos deberán administrar por separado determinados fondos aportados por empleadores.
El Gobierno nacional avanzó con un nuevo paso en la implementación de la reforma laboral al reglamentar cómo deberán calcularse los aportes sindicales previstos en los convenios colectivos.
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La medida fue formalizada a través delDecreto 612/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial, y establece que las horas extra, el aguinaldo, los bonos y otros pagos no habitualesdejarán de formar parte de la base sobre la que se calculan esos aportes.
Según el texto oficial, la reglamentación busca brindar mayor certeza sobre la aplicación de las normas vigentes antes de la homologación de nuevos acuerdos colectivos.
El decreto precisa que la base de cálculo estará integrada únicamente por el salario básico convencional correspondiente a la categoría del trabajador y por las sumas remunerativas normales, habituales y de pago mensualprevistas en los convenios colectivos.
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Hasta ahora, la falta de una definición expresa permitía distintas interpretaciones sobre qué conceptos debían incluirse en ese cálculo. Con la nueva reglamentación, el Gobierno fija un criterio uniforme para los futuros acuerdos.
Entre los conceptos que ya no se tendrán en cuenta para calcular los aportes sindicales figuran las horas extras, los premios y bonos, la participación en las ganancias, el Sueldo Anual Complementario, el plus vacacional, las sumas no remunerativas y cualquier otro pago que no sea normal, habitual y mensual.
De acuerdo con el Ejecutivo, la intención es evitar interpretaciones que amplíen la base de cálculo y generen mayores costos laborales para empleadores y trabajadores en el marco de las negociaciones colectivas.
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La norma también dispone mayores exigencias de transparencia para los sindicatos. En ese sentido, las contribuciones que los empleadores acuerden realizar en favor de los gremios deberán destinarse exclusivamente a fines sociales, asistenciales, previsionales o culturales que beneficien directamente a los trabajadores.
Para ello, los gremios estarán obligados a llevar unaadministración especial y separadade esos recursos respecto del resto de su patrimonio, con documentación diferenciada que permita una mayor trazabilidad de los fondos.
Además, el decreto excluye del tope del 2% a los aportes patronales extraordinarios, por lo que gremios y cámaras empresarias podrán negociar libremente esos montos. Sin embargo, los acuerdos deberán ser homologados por el Estado para tener validez.
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La medida entró en vigencia este 20 de julio, día de su publicación en el Boletín Oficial, y constituye un nuevo avance en la implementación de la reforma laboral impulsada por el Gobierno nacional.
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